Qué sabemos de la nueva ley ómnibus consensuada con la “oposición amigable”
El 2 de febrero de 2024 la original ley ómnibus – con el pretencioso nombre de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y 644 artículos- obtuvo media sanción en general en la Cámara de Diputados de la Nación. Cuatro días después, no pudo sortear su tratamiento en particular. Ahora, el proyecto de nueva ley ómnibus tiene menos artículos que la anterior – 279 en total-. Insiste con las privatizaciones, reforma laboral y la restitución del impuesto a las ganancias para los trabajadores. A su lado llegó un paquete fiscal.
El gobierno del presidente Javier Milei puso en órbita una nueva ley ómnibus, aunque esta vez consensuada con la “oposición amigable”. Se reconcentra en menos artículos y, desde las últimas horas del martes, ya está en manos de legisladores y gobernadores.
La remozada propuesta contempla declarar la emergencia en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año, insistir en la privatización de empresas, avances sobre organismos descentralizados y fideicomisos, y reformas de los sistemas previsional y laboral – aunque en este último caso, de manera indirecta-, entre otros temas.
La actividad se concentra ahora en la Cámara de Diputados, cuyas comisiones comenzarán el tratamiento del borrador la próxima semana, allí se someterá a una tarea de pulido y se espera que su tratamiento en el recinto se realice a fines de este mes.
El objetivo es el de llegar con la ley aprobada en el Senado para antes del 25 de mayo, cuando el mandatario libertario reúna en Córdoba a gobernadores, expresidentes y líderes políticos que adhieran a los diez puntos que de lo que dio en denominar Pacto de Mayo.
La tarea no se circunscribe a la nueva ley ómnibus, también afecta al paquete fiscal – enviado como proyecto de ley de Medidas Fiscales-, que se sabe compuesto por: una moratoria de deudas impositivas, aduaneras, y de la seguridad social; blanqueo de capitales; modificación del impuesto a las ganancias, Bienes Personales, e impuestos internos; y del monotributo, junto a otros puntos.
Qué cambia
Uno de los principales cambios de la nueva ley ómnibus respecto de la original es la cantidad de facultades delegadas y los plazos. Así, se declara la emergencia pública por un año (sin prórroga) a la vez que el Ejecutivo deberá informar todos los meses sobre el ejercicio de esas facultades delegadas y los resultados obtenidos.
Asimismo, faculta al Poder Ejecutivo a proceder a “la reorganización, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias o a CABA, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos” de los órganos u organismos de la administración central o descentralizada.
Esa facultad no alcanza a los órganos u organismos del Poder Judicial, el Legislativo, el Ministerio Público y sus entes dependientes, además de las universidades nacionales, el CONICET y el INTA.
Por otra parte, las empresas públicas a privatizar pasaron de 41 a 18, con exclusión de YPF, y como alternativa se contempla la posibilidad de transferir a las provincias los contratos que se encuentren en ejecución.
Pueden ser privatizadas totalmente: Aerolíneas Argentinas SA, Energía Argentina SA, Radio y Televisión Argentina SE, Intercargo SAU.
En tanto, aparecen como sujetas a privatización o concesión: Agua y Saneamientos Argentinos SA, Correo Oficial de la República Argentina SA, Belgrano Cargas y Logística SA, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOFSE) y Corredores Viales SA.
Una tercera categoría es la de empresas que solo podrán ser privatizadas parcialmente “debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las sociedades societarias”, como: Nucleoeléctrica Argentina SA, Banco de la Nación Argentina, Nación Seguros SA, Nación Reaseguros SA, Nación Seguros de Retiro SA, Nación Servicios AA, Nación Bursátil SA, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
Como concesión a las demandas de la oposición, el nuevo texto establece que la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones intervendrá en los procesos que se lleven adelante en virtud de la ley.
Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) y permite que sea invertido “de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425”.
Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de “las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa”.
Ley de Medidas fiscales
En cuanto al paquete fiscal, que el gobierno envió con el nombre de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, se destaca que pretende establecer un “proceso de saneamiento de la dramática situación económica en la que está sumido nuestro país”.
Está compuesto por 101 artículos que incluyen modificaciones sobre Bienes Personales, la restitución del impuesto a las Ganancias y la inclusión del Régimen de Regularización de Activos.
Este último es un blanqueo de capitales que se extenderá hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de prorroga hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.
Mientras tanto, uno de los temas más debatidos en las últimas semanas fue el de la restitución del Impuesto a las Ganancias. Formalmente el mínimo no imponible sería de 1,8 millones para trabajadores solteros y 2,2 millones para casados con dos hijos; piso que para el ministro del Interior Guillermo Francos es el “más razonable que pudimos encontrar”.
Además, el esquema fijaría una escala progresiva de tributo que arranca del 5 por ciento hasta llegar al 35 por ciento, al tiempo que contempla una actualización por IPC para que se mantenga la proporcionalidad inicial.
Con este acuerdo, el gobierno no sólo logró volver a instalar el tema sino alcanzar un apoyo de los bloques parlamentarios que fueron los que pugnaron por un piso superior al 1,2 millones de pesos que estaba pautado.
Reforma laboral
La reforma laboral, que no figura en el texto de la nueva ley ómnibus, será incorporada en base al proyecto que se encuentran elaborando diputados de la oposición, principalmente del radicalismo, y que oficiará como una suerte de “espejo” del capítulo que estaba incluido en el mega decreto 70/23 y fue objetado por la Justicia.
A modo de síntesis
Emergencia: el oficialismo propone dictar la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año.
Reforma laboral: si bien esta versión en menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores. A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.
Privatizaciones: ya no son 40 las empresas a privatizar, sino muchísimas menos. Sin embargo, continúan en el pelotón Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina SA (Enarsa), Radio y Televisión Argentina e Intercargo. Además, quedan sujetas a privatización y concesión AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Trenes Argentinos.
A este lista se podrían plegar otras que su privatización sería parcial: Nucleoeléctrica Argentina SA, el Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nación Bursatil, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes: el paquete fiscal, que el gobierno había decido retirar de la ley Bases original, ahora se llama “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. El punto más relevante de este proyecto marcha por la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias. De aprobarse esta ley, el mínimo no imponible será de $1.800.000 para los solteros, mientras que para los casados con hijos será de 2.200.000 pesos.
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