Ratificaron la condena a los policías por la sedición de 2013 en Concordia
El tribunal de la Cámara de Casación de Concordia dio a conocer, el martes, su resolución sobre los planteos de prescripción y casación, en el marco de la causa por la sedición de 2013 en Concordia.
El tribunal integrado por Evangelina Bruzzo, Mariano Caprarulo y Fernando Martínez Uncal, confirmó la sentencia que había recaído contra los imputados en el año 2015, según informó Río Uruguay.
Los policías fueron juzgados luego de haber participado del levantamiento policial, en el que dejaron a la ciudad sin seguridad, llevado a cabo el 8 y 9 de diciembre de 2013. En esos días de protesta, la fuerza dejó de prestar servicio y la ciudad sufrió hechos de violencia que ocasionaron tres muertos, saqueos y enfrentamientos.
Los agentes que recibieron las mayores penas también estaban acusados de haber golpeado y secuestrado en una habitación a quien en ese momento era el jefe de la Departamental Concordia, Lucio Villalba.
La protesta tuvo eco en varias provincias. En total, la violencia que produjo la ausencia de personal policial en las calles durante las primeras semanas de diciembre de 2013 provocó 13 muertes en todo el país.
Las penas impuestas en 2015
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia del año 2015, integrado por Jorge Alberto Barbagelata Xavier, Silvina Isabel Gallo y Darío Gustavo Perroud, había condenado a Carlos Daniel Zaragoza, José María Biderbos y Manuel Leandro Coutinho, a la pena de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por 9 años y accesorias legales.
Mientras que Alfredo Horacio Imaz, Daniel Eduardo Chávez, Diego Federico Differding, Juan Manuel Rosas, Juan Pedro Lacuadra y Luis Alberto Gómez, habían recibido la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por 8 años y accesorias legales.
En cambio, Andrés Maximiliano Paredes, Carlos Alcides Rosas, Hugo Fabricio Troncoso, Luis Alberto Paredes, Luis Roberto Jesús Carlino, Ricardo Hernán Paredes, y Romeo Fabián Valdez, se los condenó a 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por 7 años y accesorias legales.