Titular de la Delegación Argentina ante la CARU advierte a Uruguay sobre la instalación de otra pastera

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El presidente de la Delegación Argentina ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), José Eduardo Lauritto, confirmó que “Argentina ha solicitado el mecanismo de consulta previa, desde 2017 hasta el día de hoy, sobre la instalación de (la pastera) UPM 2 en Paso de los Toros, y Uruguay ha contestado, una y otra vez, que la localidad está a 130 kilómetros del río Uruguay”.

“Lo que nosotros decimos es que el río Negro es tributario del Uruguay. No es Uruguay solitariamente quien debe resolver esto”, manifestó Lauritto ante Maximaonline, quien agregó que el tema “está en manos de los Estados”.

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El presidente de la Delegación Argentina ante la CARU, José Eduardo Lauritto, remarcó que desde 2017 se solicita información a Uruguay sobre la otra pastera de UPM.

Según informó, en 1961, Argentina y Uruguay resolvieron la soberanía compartida del Río Uruguay y en 1975 conforman la comisión de la CARU.

En este contexto, Lauritto aseguró que “Argentina comenzó a reclamar en mayo de 2017 a través de notas y a solicitar una consulta previa, en este caso la calidad del agua. El Uruguay ha contestado que la obra de planta de celulosa está a 130 km de la desembocadura del Río Negro en el Río Uruguay”, por lo que sostienen que no está en el área de influencia de la CARU.

En tanto, la Argentina sostiene que el Rio Negro “es tributario del río Uruguay, y que Uruguay no es el único que tiene que resolver la situación, sino la CARU o ambas naciones”.

“La Corte de la Haya dijo que se debe compartir información cuando el río es compartido y debe hacérselo de buena fe”, expresó Lauritto en referencia al fallo del 20 de abril de 2010, por el que la Corte Internacional de Justicia (CIJ), por 13 votos contra 1, consideró que Uruguay incumplió con las obligaciones procesales del Estatuto del Río Uruguay, vigente desde 1975, en relación a la papelera de Botnia (hoy UPM), ubicada en la localidad uruguaya de Fray Bentos (Uruguay), por el cual debe informar con anterioridad sobre proyectos que involucren al curso de agua.

“Nosotros dijimos que la información que nos habían aportado era insuficiente. Yo entiendo que el mecanismo de información con consulta previa es básico y nosotros, como argentinos, tenemos todo el derecho de tener la información completa. Frustra porque el mecanismo de diálogo e información es una cuestión básica de buenos vecinos”, sostuvo el funcionario.

Asimismo, remarcó que “tenemos idénticos derechos sobre el río Uruguay, vamos a administrar un río que es compartido y falta voluntad de compartir información”.

El fallo de la CIJ

En el veredicto dado a conocer en 2010, la CIJ – ante la cual Argentina había denunciado a Uruguay en 2006- sostuvo que el país vecino no informó debidamente sobre el proyecto de la papelera Botnia, ya que le otorgó el permiso para construir antes de informar a la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU).

Por este motivo, los jueces de la corte dictaminaron que Uruguay violó “la obligación que le impone el primer apartado del artículo 7 del Tratado del Río Uruguay” que mantiene con Argentina de notificar a la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) para que ésta, según “el segundo apartado del artículo 7, decida si el proyecto puede traer perjuicios”.

También observaron que Montevideo “no transmitió” a tiempo los informes de impacto ambiental que le requirió la CARU, así como que “ignoró el mecanismo de colaboración entre ambos países para el uso y preservación del río Uruguay” e instó a Argentina y Uruguay a realizar “un monitoreo completo del impacto ambiental”.

Para la máxima instancia judicial de la ONU, la CARU “desempeña un papel central” en la gestión conjunta del río por parte de ambos países y “no puede ser utilizada según los intereses de cada parte”.

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La delegación argentina ante la CARU advirtió que la instalación de otra pastera viola el Tratado del Río Uruguay.

“Uruguay informó luego de haber autorizado a las dos plantas”, sostuvo el fallo que fue leído por el juez Peter Tomka, entonces presidente a cargo del cuerpo, sobre la instalación de Botnia y la autorización a ENCE Energía y Celulosa SA, una papelera española autorizada en principio a instalarse en Nueva Palmira (Uruguay).

Debido al conflicto ambiental suscitado por la instalación de las pasteras, que incluyó el corte del puente entre Gualeguaychú y Fray Bentos por vecinos y grupos ambientalistas de la ciudad entrerriana, Ence modificó en 2009 sus planes originarios de instalarse sobre el río Uruguay y convino en trasladarse hacia Punta Pereira (Uruguay), en el Departamento Colonia, sobre el Río de la Plata.

Finalmente, los activos de Ence fueron vendidos casi en su totalidad a un consorcio conformado por la sueco-finlandesa Stora Enso y la chilena Arauco, filial del grupo chileno Empresas Copec. De dicha fusión surgió, Montes del Plata, que explota en ese lugar una planta de producción de celulosa – en operación desde 2014-, una unidad generadora de energía y una terminal portuaria, siendo reconocida en 2022 como la mayor exportadora de bienes desde zonas francas del Uruguay.

No obstante, el fallo de la CIJ fue salomónico pues los jueces – por 11 votos a 3- sostuvieron que no pudieron resolver sobre los reclamos argentinos sobre contaminación visual y sonora, ni sobre el impacto que la planta de Botnia tuvo en la actividad turística. “No hay nada que suscriba como indica Argentina que hay un cambio en la calidad de las aguas del Río Uruguay”, afirmó el Tribunal.

Asimismo, la Corte estableció que no existían pruebas de que Botnia utilizase productos contaminantes que afectasen la calidad del agua del río Uruguay ni el medio ambiente en la zona. Por eso es que al advertir que Montevideo no violó la cuestión “de fondo” del tratado, el Tribunal resolvió no ordenar el cese de actividades de la planta de Botnia ni su desmantelamiento.

Por otra parte, la Corte aseguró que “todo cambio en el balance ecológico” del río Uruguay debe ser coordinado por ambas partes, y que en este sentido no puede haber acciones individuales por parte de uno de los Estados.

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La instalación de otra pastera en Uruguay, esta vez la planta de UPM en Paso de los Toros, cercana al río Negro – tributario del río Uruguay – reavivó la polémica en torno a las plantas de celulosa.

“La obligación de coordinar estas acciones toma un rol central y es importante que ambas partes respeten esta norma”, se aseguró en la sentencia.

Por último, determinó que todo tipo de cuestión ambiental vinculada con el “balance ecológico” del río Uruguay debe ser analizada por ambos Estados en el marco de la Comisión del Río Uruguay y según lo marca el estatuto de 1975.

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1 Respuesta

  1. 19/05/2023

    […] año pasado la madera fue el tercer producto de exportación de Uruguay, que cuenta con dos grandes plantas de celulosa y otra que entraría en funcionamiento este año. Se estima que en 2023 será la principal exportación del país, según la agencia gubernamental […]

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