Pesca del dorado en Salto Grande: cómo fracasó el concurso y qué viene ahora

El gobernador Rogelio Frigerio recibió, en una reunión de gabinete, los detalles del avance del concurso de antecedentes para la concesión de la pesca del dorado en Salto Grande, un proyecto que arrastra una historia de más de dos años de trámites, tres oferentes privados y un final abrupto: la prohibición de marcar peces por parte de un organismo binacional dejó sin efecto todo lo actuado y obligó al Estado entrerriano a volver a fojas cero.
La concesión de la pesca del dorado Salto Grande volvió a ocupar la agenda del gobierno provincial. En la reunión de gabinete encabezada hoy por el gobernador Rogelio Frigerio, el ministro de Desarrollo Económico, Guillermo Bernaudo, informó sobre el estado de avance del nuevo concurso de antecedentes para la explotación turística y científica en la zona de exclusión aguas abajo de la represa de Salto Grande. Para comprenderlo, hace falta repasar un proceso que comenzó en la gestión anterior y que terminó frustrado por un conflicto normativo con el organismo binacional que administra el Río Uruguay.
El origen: Bordet lanza el concurso en 2023
El 25 de agosto de 2023, el entonces gobernador Gustavo Bordet firmó el Decreto Nº 2904/23 MP, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos (Nº 27.682) el 31 de agosto de ese año. El decreto autorizó a la Dirección de Recursos Naturales, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Producción, a llamar a concurso público de méritos y antecedentes para adjudicar el permiso de implementación del “Proyecto de Conservación, Investigación y Turismo de Pesca Deportiva en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande, en jurisdicción de la República Argentina”.
En sus considerandos, el decreto reconocía antecedentes que se remontan al año 2008, cuando mediante el Decreto Nº 7343/2008 GOB se adjudicó un concurso privado a la firma Untamed Angling SA, de Buenos Aires. Ese contrato fue prorrogado en 2019 mediante el Decreto Nº 1937/19 MP, “en los mismos términos y condiciones originarios, hasta que se concrete un próximo contrato con el oferente que surja de un nuevo llamado a Concurso”, según consignó el propio instrumento legal. La Fiscalía de Estado y el Ministerio de Economía habían avalado avanzar hacia ese nuevo llamado.
El decreto de 2023 estableció que los criterios de selección priorizarían no solo el canon monetario —de carácter secundario, según el texto— sino también la calidad del proyecto presentado, su incidencia medioambiental, la inserción científica, los antecedentes técnicos, la solvencia patrimonial y los avales presentados. El permiso a otorgar tendría una vigencia de diez años.
Entre los fundamentos, el decreto destacaba la importancia de la zona de exclusión como espacio para preservar al dorado (Salminus brasiliensis), combatir la pesca furtiva y nocturna, y desarrollar un polo turístico de alcance nacional e internacional basado en la pesca deportiva con devolución obligatoria. Además, señalaba que la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) había fijado, a través de su Resolución Nº 27/04 y modificatorias, el Reglamento de Pesca y Devolución del Dorado que debía regir la actividad.
Las resoluciones que pusieron el proceso en marcha
En ejecución del decreto, el director de Recursos Naturales, Mariano Farrall, firmó la Resolución Nº 1503 DRN el 31 de agosto de 2023, que dispuso formalmente el llamado a concurso público, fijó la presentación de propuestas hasta el 9 de octubre de ese año y estableció la apertura para esa misma fecha a las 12:10 horas en la sede de la Dirección, en calle Echagüe 746 de Paraná. La resolución fundó la competencia provincial en el artículo 124 de la Constitución Nacional —que otorga a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales— y en el artículo 85 de la Constitución de Entre Ríos.

Posteriormente, la Resolución Nº 1534 DRN, también del 31 de agosto de 2023, rectificó las fechas: la apertura de los sobres se adelantó al 4 de octubre de 2023, con el argumento de evitar superposición con el cronograma electoral nacional. Ambas resoluciones fueron publicadas en el Boletín Oficial Nº 27.685 del 5 de septiembre de 2023.
Tres empresas, propuestas muy dispares
El 4 de octubre de 2023 se realizó el acto de apertura en la Dirección de Recursos Naturales, con la presencia de la escribana delegada de la Escribanía Mayor de Gobierno, Carolina Beatriz Schaab; el director Farrall; el ingeniero agrónomo Antonio Velazco, por el área de Flora y Fauna; y el abogado Luciano Emanuel Campos, por el área de Legales. Se presentaron tres firmas:
- HBLF SRL, ofreció un canon anual equivalente a 4.500 litros de nafta súper de 95 octanos al precio YPF vigente.
- NP Outdoors SRL, empresa especializada en turismo aventura, propuso un canon anual equivalente a 35.000 litros de nafta súper de 95 octanos, la oferta económica más alta con diferencia.
- Travel Fishing SRL, recién constituida en el rubro, ofreció 3.100 litros anuales.
La brecha entre las propuestas era llamativa: la oferta más alta casi octuplicaba a la más baja. Sin embargo, el proceso no avanzó hacia la adjudicación. Los proyectos técnicos fueron remitidos a la CARU para su revisión, tal como lo exigía el pliego.
El freno: la CARU prohíbe la marcación de peces
Lo que parecía un trámite de rutina se convirtió en un obstáculo insalvable. Mediante nota CARU SAD Nº 529/23-AR, el organismo binacional comunicó su Resolución Nº 207/2023, del 20 de noviembre de 2023. Si bien la CARU reconoció que los proyectos presentados cumplían con el Reglamento de Pesca y Devolución del Dorado, en su artículo 4° prohibió expresamente la actividad de marcación de peces para quien resultara adjudicatario.
El problema era estructural: el pliego aprobado por el Decreto Nº 2904/23 MP incluía el marcado de ejemplares capturados como uno de los requisitos técnicos centrales del componente científico del proyecto. Las fichas de monitoreo permanente y estacional incluidas en el Anexo II del propio decreto preveían el registro del número de marca de cada pez. Sin la marcación, el puntaje técnico que el Anexo III asignaba a esa componente quedaba sin sustento legal.

El Área de Fauna y Flora de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización concluyó en un informe técnico que “la prohibición de la marcación dispuesta por la CARU plantea una reformulación del proceso licitatorio”. El área legal de la misma Dirección fue más directa: las modificaciones de la CARU “afectaron de forma directa” el concurso.
El decreto que declaró el fracaso
Más de dos años después de la apertura de sobres, el gobernador Rogelio Frigerio firmó el Decreto Nº 3874/25 (DTO-2025-3874-E–GER-GOB), el 20 de diciembre de 2025, publicado en el Boletín Oficial Nº 28.266 del 28 de enero de 2026. El instrumento fue refrendado por el ministro de Desarrollo Económico, Guillermo Bernaudo.
El decreto aprobó lo actuado hasta la apertura de sobres pero declaró fracasado el procedimiento al amparo del artículo 64 del Decreto Nº 795/96 MEOSP y los artículos 26 y 27 de la Ley Nº 5.140. La decisión se fundó en el dictamen de la Comisión de Evaluación —integrada por el director de Recursos Naturales y Fiscalización, Antonio Marcelo Sapetti; el representante de Fauna y Flora, Fabricio Reales; el director general de Turismo, Sebastián Bel; la directora de Asuntos Jurídicos, María Fernanda Alves Pinheiro; y la directora de Administración, María Paula Silva— que mediante acta del 20 de octubre de 2025 concluyó que la Resolución CARU Nº 207/23 “introdujo modificaciones que alteran sustancialmente el objeto del concurso, afectando las condiciones técnicas esenciales que sirvieron de base para la evaluación de las propuestas”. La Comisión recomendó elaborar un nuevo Pliego de Bases y Condiciones adecuado a la normativa de la CARU.
El impacto y el camino por reconstruir
El fracaso del concurso dejó a tres empresas privadas con propuestas presentadas y garantías constituidas, sin ninguna posibilidad de adjudicación. La zona de exclusión aguas abajo de la represa continúa sin un permisionario habilitado bajo el nuevo marco normativo. Mientras tanto, la ciencia también pierde: los datos sobre la población del dorado en esa área estratégica del Río Uruguay siguen sin recolectarse sistemáticamente.
Lo que el caso expone con claridad es una falla de coordinación interinstitucional previa al llamado: el pliego fue diseñado con un componente de marcación que resultó incompatible con las disposiciones del organismo binacional. Una mejor comunicación entre la Dirección de Recursos Naturales y la CARU durante el diseño del pliego habría podido anticipar el conflicto.
Desde una perspectiva de soluciones, el nuevo pliego que el gobierno provincial deberá elaborar tiene una hoja de ruta clara: articular previamente con la CARU los alcances exactos del componente científico admitido, explorar metodologías de monitoreo alternativas a la marcación física —como telemetría acústica o relevamiento genético—, y convocar a los tres oferentes que ya demostraron interés. NP Outdoors SRL, en particular, ofreció un canon que casi octuplicaba al mínimo exigido, lo que indica que hay inversión privada dispuesta a entrar al sector.
En la reunión de gabinete de este lunes 17 de marzo de 2026, el ministro Bernaudo describió el proyecto como “de mucha importancia para el turismo provincial” y subrayó “el cuidado del recurso”. La pregunta que queda abierta es cuánto más tiempo deberá esperar Concordia y la región para ver concretado un polo turístico que combina naturaleza, ciencia y deporte en uno de los tramos más singulares del Río Uruguay.


