Solicitaron la prescripción de la causa por sedición policial en Concordia
La defensa de uno de los policías condenados por ser responsables de la revuelta de 2013 solicitó se dicte la prescripción de la causa por sedición policial contra su defendido, aunque las defensas de los demás imputados también pedirán la prescripción de la acción penal contra todos sus defendidos.
El pedido ingresó a los Tribunales de Concordia, mientras se espera que se lleve adelante la audiencia de revisión de la sentencia que condenó a 17 uniformados por los hechos que terminaron causando tres muertes
El pedido fue presentado por el Defensor Oficial, Alejandro Giorgio, para su pupilo Juan Manuel Rosas y será acompañado por otras de las defensas de los imputados. En la fundamentación, el abogado recordó que la Corte Suprema de Justicia ha fijado “que la condena no firme es el único acto que interrumpe la prescripción de la acción penal, y que dicha interpretación es obligatoria para todos los tribunales judiciales del país” y que esta doctrina “es de seguimiento obligatorio para todos los tribunales judiciales del país”.
El razonamiento implica que el último acto de interrupción de la prescripción fue el dictado en 2015 del fallo de primera instancia, que no está firme. Habiendo pasado 6 años de aquella sentencia, se requiere ahora que la causa prescriba.
“El instituto de la prescripción de la acción penal tiene una estrecha vinculación con el derecho del imputado a obtener un pronunciamiento que, definiendo su posición frente a la ley y a la sociedad, ponga término del modo más breve, a la situación de incertidumbre y de restricción de la libertad que comporta el enjuiciamiento penal, y que esto obedece además al imperativo de satisfacer una exigencia consustancial que es el respeto debido a la dignidad del hombre, el cual es el reconocimiento del derecho que tiene toda persona de liberarse del estado de sospecha que importa la acusación de haber cometido un delito”, abundó Giorgio.
Además, remarcó que la prescripción debió haberse dictado “de oficio”, es decir sin mediar petición de parte, por parte del Tribunal que entiende ahora en la causa, la Cámara de Casación de Concordia.
El Tribunal de Juicio, integrado por Jorge Barbagelatta Xavier; Silvia Gallo y Darío Perroud, condenó en 2015 a 17 uniformados por el levantamiento. A Carlos Daniel Zaragoza (el único oficial imputado); Manuel Leandro Countinho y José María Biderbós cuatro años y seis meses de prisión; a Rosas; Daniel Chávez; Diego Differding; Luis Gómez; Juan Pedro Lacuadra y Alfredo Imaz, cuatro años de cárcel mientras que Luis Carlino; José Orlando y Hugo Troncoso; Ricardo, Luis y Andrés Paredes; Carlos Rosas y Fabián Valdéz recibieron una pena de tres años y medio.
La causa investigó la conducta de este grupo en el levantamiento policial ocurrido en diciembre de 2013 que culminó con la toma de la Jefatura Departamental y el retiro del servicio de seguridad en toda la ciudad de Concordia. Esta situación motivó gran cantidad de saqueos en distintos puntos de la urbe y la muerte de tres personas.
Trámite
Tras el fallo de primera instancia, la Cámara de Casación Penal de Paraná agravó las penas a los imputados haciendo lugar a un planteo de la Fiscalía. Esta decisión fue anulada meses después por el Superior Tribunal de Justicia, que entendió que la acusación no tenía derecho a apelar un fallo cuando había sanción. También ordenó que se realice una nueva instancia de Casación.
La puesta en marcha de la Sala 2 de esta Cámara llevó el expediente de nuevo a Concordia. La seguna ola de Covid – 19 postergó la realización de la audiencia que debía concretarse en mayo pasado.
Ahora, la Sala de Casación integrada por Mariano Martínez; Mariano Caprarulo y María Evangelina Bruzzo deberá resolver este planteo de la defensa antes de seguir con la revisión de las condenas.
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