Qué incluye el capítulo fiscal que el Gobierno retirará de la Ley Ómnibus para facilitar su aprobación

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Con el objetivo de acelerar su aprobación, el ministro de Economía anticipó que los puntos vinculados con el blanqueo, la moratoria, el adelanto de bienes personales, la ley de Ganancias, las retenciones y el cambio de fórmula jubilatoria serán quitados de la normativa.

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció este viernes por la noche que el Gobierno decidió retirar el capítulo fiscal de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, conocida como Ley Ómnibus, con el objetivo de facilitar su aprobación en el Congreso, al tiempo que ratificó la meta de alcanzar el “déficit cero”.

El anuncio fue realizado en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno, donde el titular del Palacio de Hacienda ratificó el rumbo aunque reconoció que “para facilitar y acelerar la aprobación” de los restantes artículos de la ley, el Ejecutivo determinó “retirar el capítulo fiscal de la Ley de Bases”.

Los puntos que se retirarán son los vinculados al blanqueo, la moratoria, el adelanto de bienes personales, la Ley de Ganancias, las retenciones y el cambio de formula jubilatoria, según anticipó Caputo.

En el caso de la reforma del impuesto a las Ganancias, esta iniciativa fue enviada de manera separada días atrás por el Gobierno para su tratamiento.

Los 6 puntos del capítulo fiscal que el Gobierno retirará de la Ley Ómnibus

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Conozca qué contiene el capítulo fiscal que el ministro Caputo – tras las amenazas a las provincias- anunció que el gobierno nacional retirará de la Ley Ómnibus en busca de su aprobación en el Congreso.

Ley de movilidad jubilatoria

Cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. Desde abril, se empezaría con una actualización automática por inflación mensual, según el último dato de inflación disponible del INDEC. Fue uno de los puntos más discutidos en el Congreso por los distintos bloques opositores dialoguistas.

Blanqueo

El régimen constaba de tres etapas, que comenzaban al día siguiente de aprobada la ley y se extendía hasta noviembre de 2025. El régimen era gratuito hasta una base imponible de U$S100.000 y otorgaba un impuesto especial del 15% para aquellos que declaren bienes por más de U$S100.000. Las alícuotas oscilaban entre 5% y 15%, incrementándose a medida que avanza el tiempo. Los bienes declarables podían ser Moneda nacional o extranjera; Inmuebles en Argentina; Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios, entre otros; Títulos valores, incluyendo acciones, bonos, entre otros; Otros bienes muebles no incluidos anteriormente; Créditos de cualquier tipo o naturaleza; Derechos y otros bienes intangibles y Otros bienes ubicados en el país con valor económico. Del blanqueo se excluyen funcionarios públicos y familiares de los mismos, incluyendo presidentes, ministros, jueces, y personal de fuerzas armadas y de seguridad, entre otros.

Moratoria

La normativa que permitía acceder a un plan de pago de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Los contribuyentes podrían acogerse a este régimen por obligaciones vencidas hasta el 30 de noviembre de 2023 y por infracciones cometidas hasta esa fecha. El régimen incluía la condonación de intereses resarcitorios y punitorios devengados hasta la fecha de adhesión, con una condonación del 50% si la adhesión se realizaba dentro de los primeros 90 días, y del 10% si se realizaba después de 91 días. Además, se condonará el 100% de las multas aplicadas. También se condonarán las multas y sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas hasta el 30 de noviembre de 2023, siempre que la obligación principal hubiera sido cancelada y que la multa o sanción no estuviera firme ni cancelada a la fecha del régimen.

Bienes personales

Se dispone la creación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por todos los períodos fiscales hasta fines de 2027. Podrán optar por adherir al REIBP hasta el 31 de marzo de 2024 inclusive las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina de la Ley del Impuesto a las Ganancias, así como las personas humanas que hubieran sido residentes fiscales en Argentina antes de fin de año. Los contribuyentes tributarán el Impuesto de los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada y se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 y, del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos. Los contribuyentes que sean personas humanas y sucesiones indivisas que se adhieran al REIBP aplicarán la alícuota de 0.75% sobre la base imponible y, para el pago, podrán computarse los créditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023. Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive.

Ganancias

Si bien este punto no está contemplado dentro de la ley ómnibus, fue cuestionados por varios gobernadores. La reciente reforma del impuesto a las Ganancias daba marcha atrás con la modificación aplicada por el exministro de Economía Sergio Massa para retrotraer el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $1.250.000 ($1.037.500 neto) en caso de solteros sin hijos, mientras que para los empleados casados con dos hijos, el piso será de $1.590.062 ($1.319.751,46 neto). 800 mil personas volvían a estar alcanzadas por el tributo, dado que en la actualidad sólo pagan Ganancias aquellos que perciben sueldos brutos superiores a los $1.980.000.

Retenciones

El gobierno había aceptado reducir a cero las retenciones para las economías regionales y se definió que el Presidente ya no tendrá la capacidad de aumentarlas unilateralmente, sino solo de reducirlas. Se mantienen bajo este esquema otras actividades como exportaciones industriales, pesca y producción de malta, que pasarán a pagar 15% de derechos de exportación. Además, se mantiene la suba de la alícuota del 31 al 33% para subproductos de soja y la suba del 12 al 15% en retenciones para trigo y maíz.

Fuente: Página 12.

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2 Respuestas

  1. 29/01/2024

    […] que al eliminar el paquete fiscal de la ley Bases “eso va a facilitar y allanar el camino para la aprobación de la ley. Ya no […]

  2. 01/02/2024

    […] cuestionan que “si bien el gobierno nacional retiró el Capítulo Fiscal para intentar que la ley se apruebe, está claro que avanzó aún más en el disciplinamiento fiscal […]

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