Por normas del Banco Central no se podrán vincular cuentas bancarias a Mercado Pago

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El BCRA le había dado plazo hasta el viernes a la billetera para integrar las tarjetas de crédito a su QR.

“Por una norma del Banco Central, desde el 1 de diciembre ya no tendrás vinculada tu cuenta bancaria a Mercado Pago”, sorprendió este miércoles por la mañana la fintech a buena parte de sus usuarios con un mail en donde se les anticipan cambios inminentes y fundamentales para la operatoria que involucra sus cuentas bancarias.

Detrás de esta medida, hay una pelea de larga data entre el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la banca tradicional y la fintech fundada por Marcos Galperín.

“Las nuevas normativas “A” 7514 y “A” 7841 del BCRA afectarán a más de 4 millones de personas que usan Débito Inmediato para ingresar dinero a sus cuentas de Mercado Pago”, explicó la app a sus clientes.

“Recordá que vas a poder seguir ingresando dinero en tu cuenta mediante transferencia bancaria, que es gratuita y se acredita al instante”, añadió la comunicación.

Hace poco menos de dos meses, en plena campaña hacia las elecciones generales, Sergio Massa se había metido de lleno en esta disputa y había asegurado que le ordenaba al Central que revisara las normativas a las que Mercado Pago hace referencia en este correo.

El Central, lejos de acatar la orden del Ministro de Economía, “derivó” esta decisión en una comisión especial, la CIMPRA.

El organismo, que depende del Banco Central y se encarga de analizar el mundo de los pagos, se tomó este tiempo para analizar su decisión. Según Clarín, finalmente ya se habría expedido en un documento, que vería la luz en estos días.

En tanto, el viernes vencía el plazo que por segunda vez el Central le había dado a Mercado Pago para que “abriese” su QR interoperable a las tarjetas de crédito bancarias, un viejo reclamo de la banca tradicional.

¿Qué dice la normativa del Banco Central que afecta a Mercado Pago?

La normativa A” 7841 del BCRA fue publicada el pasado 14 de septiembre y dispone que “los participantes de los esquemas de transferencias inmediatas que utilicen el débito inmediato (DEBIN) recurrente para posibilitar a sus clientes el ingreso a sus cuentas de fondos provenientes de cuentas propias habilitadas en otros proveedores deberán discontinuar dicha operatoria y habilitar a sus clientes el servicio de transferencia inmediata ‘pull’”.

Al mismo tiempo, las entidades financieras o billeteras virtuales del estilo de Mercado Pago deberán presentar ante la Subgerencia General de Medios de Pago “un plan de adecuación que detalle cómo migrarán el 100 % de los usuarios que usen DEBIN recurrente como herramienta de fondeo de cuentas propias”.

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