La Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos avanza con observaciones sobre IA, datos y compras públicas. UPCN pide garantías laborales antes del dictamen.

alt="Reunión de comisión en la Cámara de Diputados sobre la transformación digital de Entre Ríos"
Diputados debaten en comisión el proyecto de transformación digital de Entre Ríos.
Compartilo con

La Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos, remitida por el Poder Ejecutivo provincial, avanza hacia su dictamen en la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados tras tres reuniones de debate en las que funcionarios oficialistas, diputados de distintos bloques y representantes sindicales de UPCN expusieron observaciones sobre inteligencia artificial, gobernanza de datos, domicilio electrónico, protección de información sensible y el régimen de compras públicas que la iniciativa propone y las garantías laborales que reclama el gremio.

La Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos comenzó a debatirse en la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados, que preside la diputada Susana Pérez, y avanza hacia la redacción del dictamen tras tres reuniones realizadas los días 11 de agosto, 25 de agosto y 1° de septiembre de 2026. La iniciativa, contenida en el Expediente N° 29.337, fue remitida por el Poder Ejecutivo el 11 de junio de 2026 e ingresó a la comisión el 19 de junio. El proyecto, elaborado por la Secretaría de Modernización, Ciencia, Tecnología e Innovación, propone establecer un marco normativo integral para modernizar la gestión pública provincial, incorporar herramientas tecnológicas y fortalecer la vinculación entre el Estado y la ciudadanía.

El texto parte de la necesidad de adecuar las estructuras, procedimientos y servicios públicos a las oportunidades que plantea la realidad tecnológica actual. Se busca construir un Estado más ágil, eficiente, transparente, accesible e innovador mediante políticas de innovación pública y gobierno digital que optimicen procesos administrativos, simplifiquen trámites, fortalezcan la interoperabilidad entre organismos y faciliten el acceso ciudadano a los servicios estatales. La iniciativa contempla, además, una implementación progresiva con criterios de inclusión y accesibilidad para los sectores que requieran acompañamiento.

En el articulado, el proyecto promueve la incorporación de tecnologías emergentes como inteligencia artificial, robótica, internet de las cosas (IoT), blockchain, ciencias de datos y procesos robóticos automatizados. Estas tecnologías deben integrarse a los procesos y servicios gubernamentales bajo principios de neutralidad tecnológica —para no favorecer a ningún proveedor—, interoperabilidad, accesibilidad para todas las personas, seguridad de los datos, privacidad y no discriminación. El artículo 12 establece que todo desarrollo y uso de IA debe basarse en principios éticos que garanticen el respeto de los derechos humanos, la dignidad, la diversidad, la transparencia, la responsabilidad y la equidad.

Gobierno digital

El proyecto define al Gobierno Digital como la incorporación y uso extenso de las tecnologías digitales en los procesos internos y externos del sector público, con el fin de crear valor bajo criterios de eficiencia, eficacia, transparencia y participación. Sus principios rectores, enumerados en el artículo 13, incluyen la centralidad en las personas, la simplicidad y agilidad, la calidad, la eficiencia, la transparencia, la participación, la integración, la interoperabilidad y la orientación al desarrollo. Sobre esta base se promueve una administración digital con expedientes electrónicos, firma digital, notificaciones electrónicas y progresiva despapelización de los procedimientos.

La desburocratización ocupa un capítulo central. El artículo 26 dispone la revisión y simplificación de la normativa vigente, eliminando trabas burocráticas y redundancias, para facilitar la comprensión y el cumplimiento de las disposiciones legales. El artículo 27, por su parte, prohíbe a los órganos del sector público provincial requerir certificados, documentos o información que el mismo Estado genere o ya disponga, promoviendo el principio “una sola vez”, que permite reutilizar e intercambiar datos entre organismos para que las personas proporcionen cierta información estándar una única vez. Se establece, además, la Ventanilla Única Digital como mecanismo para la gestión de trámites.

alt="Diputados y gremialistas debaten la Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos en la última reunión de comisión legislativa"
Representantes gremiales y diputados debatieron el articulado de la Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos en la última reunión de comisión.

La prohibición de solicitud de documentación implica que los ciudadanos no deberán presentar papeles que el Estado ya posee o puede obtener por el principio dinámico del acceso. Esto se complementa con el domicilio digital —definido como una bandeja o plataforma de notificaciones digitales— y el domicilio electrónico constituido mediante correo electrónico, que tendrán plena validez y efectos jurídicos. El artículo 21 establece la subsidiariedad del soporte papel: siempre que esté disponible la notificación electrónica o digital, no se podrá utilizar el formato papel salvo razones fundadas.

Ciudadanía digital

El proyecto dedica un capítulo a la ciudadanía digital, definida como el conjunto de derechos, responsabilidades, obligaciones y oportunidades que posee la ciudadanía en el entorno digital. Los derechos reconocidos en el artículo 32 son cuatro: acceso a las tecnologías en un entorno que garantice igualdad, no discriminación y gratuidad; educación digital para el uso responsable y seguro; protección de datos personales conforme a las normativas vigentes; y participación digital activa y responsable en los espacios digitales. El fomento de la ciudadanía digital incluye programas de capacitación y plataformas que faciliten la participación ciudadana.

Patrimonio digital

Otro eje es el patrimonio digital. El artículo 34 define como activos digitales las publicaciones en portales web y redes sociales oficiales, el banco de imágenes y registro audiovisual de actos oficiales, la agenda pública de las autoridades, la base de conocimiento de consultas ciudadanas y toda plataforma que permita la participación y la construcción de una historia digital. El artículo 35 crea, en el ámbito del Archivo General de la Provincia, el “Archivo de Activos Digitales de la Provincia”, encargado de la descripción, clasificación, preservación y acceso de todos los activos digitales públicos.

Gobernanza de datos

La gobernanza de datos tiene su propio capítulo. El artículo 40 enumera principios rectores: datos de utilidad pública, datos oportunos, datos permanentes, gestión eficiente, datos de calidad, datos procesables en formatos abiertos, gestión de extremo a extremo con principio de no repudio, ética y gestión segura. El artículo 41 define que las bases de datos gestionadas por el Estado constituyen activos informacionales bajo titularidad, custodia y gestión estatal, afectados al cumplimiento de finalidades públicas. La interoperabilidad e integración de datos se promueve mediante convenios con el Estado Nacional, municipios y comunas para conformar plataformas interconectadas multinivel.

La protección y privacidad de datos personales se abordan en el artículo 43, que obliga al Poder Ejecutivo a disponer medidas de anonimización que garanticen confidencialidad e integridad, y a preservar la información clasificada como reservada. El artículo 44 promueve la creación de unidades especializadas interdisciplinarias e intersectoriales para la explotación, análisis e interpretación de datos que asistan a la toma de decisiones y al desarrollo de políticas basadas en evidencia. Las jurisdicciones deberán identificar organismos de enlace en un plazo máximo de noventa días.

alt="Diputadas en la reunión de comisión sobre la Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos en la Cámara de Diputados provincial"
Las diputadas que integran la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología durante el tratamiento de la Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos.

Innovación en compras y contrataciones

El régimen de innovación en compras y contrataciones públicas se crea en el artículo 46 y busca fomentar la innovación, promover la colaboración público-privada, mejorar la calidad de los servicios y adaptar los procedimientos a los cambios tecnológicos. El artículo 48 incorpora un inciso que habilita la contratación directa de software, SaaS, suscripciones y licencias con pago anticipado, cuando no exista un sustituto razonable. Los artículos 49 y 50 modifican la Ley N° 5.140 para adecuar el devengado del gasto y autorizar el pago anticipado en estas contrataciones. El artículo 53 faculta al Poder Ejecutivo a adaptar el régimen de compras al soporte digital, sin alterar los requisitos sustantivos.

Alerta por paralización de trámites

En las reuniones de comisión se observaron posturas diversas. En el primer encuentro, el secretario Legal y Técnico Esteban Vitor y el secretario de Modernización Emanuel Gainza explicaron los fundamentos del proyecto, que replica modelos de Santa Fe, Córdoba, CABA, Mendoza y Santiago del Estero. La diputada María Laura Stratta manifestó inquietud por el artículo 19, advirtiendo que la paralización de trámites por falta de domicilio electrónico resulta rígida frente a las brechas de conectividad rurales y la franja de adultos mayores. Se acordó redactar un agregado para que la falta de domicilio electrónico no genere pérdida de derechos.

Las diputadas Mariel Ávila y Silvia Moreno introdujeron la problemática de la inclusión digital. Ávila consultó sobre políticas para garantizar el acceso a sectores vulnerables como personas mayores y con discapacidad, mientras Moreno advirtió sobre el impacto de la brecha digital en zonas rurales sin conectividad. Gainza afirmó que el principio rector es la progresividad y confirmó un esquema híbrido en el que trámites digitalizados como Registro Civil o ATER mantienen su formato presencial. La diputada Liliana Salinas propuso incorporar lineamientos de su proyecto de alfabetización digital para plasmar las garantías de inclusión en el articulado.

Los sesgos y la “caja negra”

La diputada Silvina Deccó planteó dudas sobre los riesgos de sesgos discriminatorios y la opacidad de los sistemas de IA —el problema de la “caja negra”— y sugirió incorporar las pautas éticas de la UNESCO. Gainza y el director de Modernización Alejandro Mildeberger aclararon que el uso de IA en el Gobierno es experimental, se limita a entornos cerrados con bases propias y funcionará como asistencia técnica bajo supervisión humana, sin intervenir en decisiones ciudadanas. Deccó logró, además, que se reemplazara la palabra “cliente” por “usuario” en el artículo 40 y observó el artículo 53 por su redacción amplia.

Internacionalización o intermediación

Sobre el régimen de compras, Stratta y el diputado Roque Fleitas analizaron los artículos 48 a 51 sobre contratación directa y pago anticipado. Stratta señaló que la falta de topes o garantías puede alterar el principio del devengado previsto en la Ley 5.140 y exigió que se delimiten responsables. Gainza justificó que plataformas internacionales imponen el pago previo y que sin esta herramienta el Estado recurriría a intermediarios locales con sobrecostos. Fleitas propuso agregar una cláusula que exija un informe técnico fundado de la Dirección de Informática que justifique la exclusividad del proveedor, propuesta validada. En la segunda reunión, el contador Rodrigo Zabala y el asesor Dante Giles, de la Contaduría General, explicaron la necesidad de la excepción.

alt="Sala de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología tratando la transformación digital de Entre Ríos"
Funcionarios y asesores siguen el tratamiento de la transformación digital de Entre Ríos.

El impacto en los trabajadores

La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) Entre Ríos participó en la tercera reunión con una postura crítica. La secretaria adjunta Carina Domínguez, la integrante de la comisión directiva Pamela Encina y la asesora jurídica Sandra Varas plantearon la necesidad de incorporar previsiones vinculadas con la situación de los trabajadores de la Administración Pública frente a los procesos de innovación y reconversión tecnológica. Domínguez sostuvo: “Sabemos que la tecnología avanza y eso replica en las funciones del Estado y de la Administración Pública; lo que peticionamos es que se considere la incorporación de una serie de artículos que garanticen que nuestros trabajadores no vean perjudicadas sus condiciones laborales”. El sindicato remarcó además que incluyó la regulación del trabajo en entornos digitales en su proyecto de Convenio Colectivo de Trabajo hace más de dos años.

Domínguez, planteó que el gremio no se opone a la modernización estatal, pero pidió una “revisión profunda” del proyecto. Según explicó a la prensa, “una de las críticas más importantes es la acumulación de poder que tiene el Estado a través de la Secretaría de Modernización para definir en la reglamentación temas que son centrales”. También objetó que el texto “no habla una sola palabra sobre los derechos de los trabajadores en entornos digitales, la refuncionalización y cómo se van a adecuar los organismos a esta cuestión”, y reclamó que otras provincias ya cuentan con mecanismos de control más claros para estos procesos.

¿Está garantizada la protección de datos?

Las observaciones también alcanzaron la protección de datos. En la segunda reunión, la diputada Gabriela Arrozogaray cuestionó el artículo 41 por la falta de especificación de medidas concretas de resguardo. Desde el bloque justicialista, Moreno y Ávila señalaron la ausencia de mención a la Ley Nacional N° 25.326 de Protección de Datos Personales y aconsejaron incorporar entre los artículos 39 y 43 una remisión explícita a sus estándares, especialmente para resguardar datos sensibles como los de salud mental o seguridad. La presidenta Pérez evaluó conversar el punto con la Secretaría Legal y Técnica. Zoff objetó el pago anticipado y el artículo 53 por su amplitud, y Aranda preguntó sobre los límites de las compras directas.

El cheque en blanco

La tensión entre modernización y control fue una constante en el debate. Zoff insistió en que el artículo 53 estaba redactado de forma muy amplia y ambigua, facultando al Poder Ejecutivo a “adaptar y transformar” el régimen de compras, lo que podría chocar con la Ley 5.140. Desde el área técnica, el Ejecutivo aclaró que su objetivo no es cambiar las reglas ni las etapas de las compras, sino únicamente pasar del soporte analógico al digital para agilizar los trámites. Los legisladores que objetaron sostuvieron que no se puede aprobar un artículo que funcione como un “cheque en blanco” para modificar la Ley 5.140 a discreción.

Finalmente, se acordó revisar y acotar la redacción del artículo 53 para especificar claramente que la facultad otorgada al Poder Ejecutivo se limita a implementar el soporte digital, sin alterar los requisitos sustantivos ni procedimentales de la ley de compras vigente. La presidenta Pérez confirmó que se remitirá al grupo de trabajo la iniciativa con las incorporaciones presentadas por el diputado Fleitas y las sugerencias de la diputada Bentos, para que los bloques puedan formular propuestas por escrito. El expediente tiene, además, una nueva reunión de comisión prevista para este 2 de septiembre, por lo que el tratamiento continúa.

El proyecto deroga la Ley Provincial N° 10.898 y establece que el Poder Ejecutivo deberá reglamentarlo dentro de los 180 días corridos a partir de su promulgación. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Modernización, Ciencia, Tecnología e Innovación, que tendrá a su cargo la definición de políticas, la supervisión de proyectos, el impulso de la interoperabilidad y la promoción de la cultura de innovación en el ámbito público. Con el debate aún abierto y observaciones pendientes de resolución, la Ley de Transformación e Innovación Digital de Entre Ríos continúa su recorrido parlamentario hacia el dictamen.

También puede gustarle...

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *