Procesados por intentar contrabandear miel al Uruguay el año pasado

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El cargamento incautado ascendió a 2740 kilogramos de miel por un valor aproximado a 822 mil pesos. El hecho fue descubierto en marzo del año pasado cuando efectivos de la Prefectura Naval detectaron el proceso de carga y descarga entre un camión y una embarcación, cuyos ocupantes intentaban eludir los controles aduaneros con el fin de transportar la mercadería hacia la República Oriental del Uruguay.

El titular del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, procesó a tres hombres acusados de haber intentado conjuntamente contrabandear 36 bidones equivalentes a 2740,2 kilogramos de miel en un camión que se dirigía desde la República Argentina hacia la República Oriental del Uruguay eludiendo las funciones de personal aduanero.

El juez dispuso además el embargo de bienes de las personas procesadas por un total de 10 mil pesos. En la investigación interviene la Fiscalía Federal de esa ciudad, a cargo de María Josefina Minatta.

El caso

El 2 de marzo del año pasado, los imputados fueron identificados por personal de la Prefectura Naval Argentina mientras se realizaba un patrullaje en la zona del Camping Municipal de Puerto Campichuelo, a la altura del kilómetro 160 del canal secundario del Río Uruguay, en la ciudad de Concepción del Uruguay.

En esa oportunidad, los efectivos observaron un camión Ford 350 blanco con caja térmica que se encontraba estacionado con una persona a bordo, que en determinado momento se reubicó con sentido a la costa. Luego observaron la llegada de una embarcación de color gris con motor fuera de borda estilo “canoa motor” conducida por dos hombres, que llevaba varios bultos y que se posicionó de frente al camión.

En este contexto, los sujetos procedieron a la descarga y trasbordo de la embarcación al suelo lindante al camión.

De acuerdo con las actuaciones, ante esta situación los efectivos de la Prefectura Naval dieron la voz de alto y luego realizaron la identificación de las personas y los elementos encontrados.

Sobre la embarcación se hallaron 20 bidones blancos vacíos con tapa que contenían restos de miel de abeja y sobre el camión 36 bidones –de similares características a los hallados en la embarcación- que contenían un total de 2740,2 kilogramos de miel.

El chofer del camión declaró a los efectivos que no contaba con la documentación que respalde el transporte o tenencia de esa carga cuando el personal de la fuerza de seguridad se la requirió.

Por tal motivo, se realizaron las actuaciones de rigor, y se secuestró la mercadería, la embarcación y el rodado junto a los demás elementos de interés.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Dirección General de Aduanas (DGA) establecieron que el valor en plaza de la miel encontrada en el procedimiento ascendía entonces a los 822.070 pesos.

En su declaración, los imputados dijeron que se trataba de un traslado para “acopio personal”.

Sin embargo, para la fiscalía esta hipótesis resultaba “inverosímil”, ya que “llevar tres toneladas de miel a una isla prácticamente deshabitada, donde no sería posible comercializarla siquiera al por menor, solo para su acopio, significaría una pérdida económica enorme para los productores”, señaló Minatta su dictamen.

Agregó que ello se veía reforzado en la diferencia “exorbitante” de precios de venta de la miel entre Argentina y la República Oriental del Uruguay.

Según un informe requerido al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), al momento de los hechos el precio de venta del kilo de miel en Argentina se encontraba entre 250 y 360 pesos, mientras que en Uruguay ascendía hasta los 5.137,25 pesos argentinos en su equivalencia para la moneda del vecino país.

Toda la información recabada fue valorada por el magistrado al momento de encuadrar el procesamiento de los imputados bajo el artículo 871 del Código Penal de la Nación, cuya descripción establece que “incurre en tentativa de contrabando el que, con el fin de cometer el delito de contrabando, comienza su ejecución pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad”.

Bajo esos parámetros, el Código reprime este hecho “con las mismas penas que correspondan al delito consumado”, para lo cual se aplican condenas que van de 2 a 8 años de prisión.

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