Comedores escolares en Entre Ríos: la Justicia ordenó frenar la distribución de alimentos con sellos y el Gobierno anunció que apelará

La Justicia de Entre Ríos hizo lugar este miércoles a la cautelar por los comedores escolares en Entre Ríos y ordenó al Gobierno provincial suspender la distribución de alimentos con sellos de advertencia en las escuelas públicas, mientras garantiza sin interrupciones la modalidad de compra vigente antes de la reforma. La resolución, dictada por el juez Juan Francisco Malvasio en el marco de un amparo colectivo promovido por un grupo de padres, AGMER y la Fundación CAUCE, llega en medio de una serie de cuestionamientos al nuevo sistema centralizado de provisión a cargo de la empresa Teknofood S.A., que el propio Gobierno confirmó que apelará.
La resolución judicial

La medida cautelar fue dictada este 5 de agosto por el doctor Juan Francisco Malvasio, vocal de Juicio y Apelaciones N.º 9 de Paraná, en el marco de una acción de amparo colectivo (Legajo de OGA N.º 36759) promovida el 31 de julio. La demanda fue impulsada en conjunto por un grupo de padres y madres —patrocinados por los abogados María Aldana Sasia y Rubén Alberto Pagliotto—, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), representada por Verónica Fischbach, y la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental, Causa Ecologista, representada por Valeria Inés Enderle. Los amparistas solicitaron que se ordenara a la Provincia abstenerse de ofrecer o distribuir en las escuelas públicas alimentos que contuvieran uno o más sellos de advertencia, en los términos del artículo 12 de la Ley Nacional 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, y pidieron además que el Estado informara y justificara técnicamente el nuevo esquema.
Es importante distinguir dos planos. Lo que la cautelar resuelve, según el propio fallo, se limita a un extremo verificable: si los productos concretamente distribuidos son aptos para causar un perjuicio a la salud infantil por contener sellos de advertencia. El magistrado aclaró expresamente que no integra el objeto de esta decisión ninguna valoración sobre la legalidad, oportunidad o mérito del procedimiento de contratación con Teknofood S.A.: eso quedará para la sentencia definitiva. Los cuestionamientos a la licitación —el monto adjudicado, la falta de publicación en el Boletín Oficial, el perjuicio a los proveedores locales— no fueron lo que el juez resolvió esta semana, aunque integran el mismo conflicto y el petitorio de fondo de la demanda.

Para fundar la medida, Malvasio se apoyó en la documentación que la propia Provincia incorporó al expediente administrativo (RU 3277091), donde se constató que al menos 23 alimentos de la marca «Abanderado», ofertados por Teknofood, exhiben sellos octogonales —varios por exceso de azúcares, sodio y grasas, y algunos budines con hasta cuatro sellos por exceso de calorías—. Sobre esa base, el juez tuvo por configurado un «flagrante incumplimiento» del artículo 12 de la Ley 27.642 y aplicó el principio precautorio y el interés superior del niño, consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Constitución provincial, para conceder la cautelar.
La resolución no interrumpe el servicio alimentario escolar: ordenó a la Provincia garantizar «en forma simultánea e ininterrumpida» la provisión de productos no alcanzados por la prohibición, transfiriendo fondos a cada escuela para la compra descentralizada de leche, frutas, panificados y otros alimentos frescos o mínimamente procesados, bajo la modalidad vigente antes de la implementación del sistema centralizado.
La respuesta del Gobierno y la Fiscalía de Estado

El Gobierno de Entre Ríos confirmó que apelará la cautelar y remarcó que la resolución no es una sentencia sobre el fondo del asunto, sino una medida provisoria, mientras el plazo para contestar la demanda todavía no vence. Sostuvo, además, que instruyó a los directivos escolares para sostener la modalidad anterior hasta la plena implementación del nuevo sistema, por lo que —según su versión— la prestación alimentaria no se vio alterada. La Provincia defendió la reforma como parte de una política de transparencia y control de fondos públicos, en un contexto en el que las auditorías sobre el sistema anterior derivaron en diez denuncias penales por irregularidades.
En un escrito posterior, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, cuestionó que la decisión judicial implicara «una injerencia en el ejercicio de potestades administrativas» no controvertidas en la causa, ya que —sostuvo— nadie impugnó la legalidad del procedimiento de contratación. Malvasio hizo lugar a esa apelación con efecto devolutivo, es decir, sin suspender la vigencia de la cautelar mientras el Superior Tribunal de Justicia resuelve el planteo de fondo.
Otros cuestionamientos al sistema centralizado

Además del proceso judicial, la reforma acumula objeciones de otros sectores que no forman parte del amparo. El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) alertó sobre el impacto económico de concentrar más de $100.000 millones en una única empresa radicada fuera de la provincia, en un momento en que varios proveedores locales ya arrastraban deudas impagas por entregas anteriores. El exdiputado nacional Marcelo Casaretto denunció que el monto adjudicado a Teknofood más que duplicó el presupuesto oficial de la licitación —de $42.000 millones a $101.000 millones— sin que la adjudicación fuera publicada en el Boletín Oficial. Y el Colegio de Nutricionistas de Entre Ríos, junto con la Asociación de Nutricionistas en Alimentación Escolar de Concepción del Uruguay, cuestionó que el decreto se elaborara sin consulta a los equipos técnicos y advirtió que el nuevo esquema favorece productos ultraprocesados en desmedro de los alimentos frescos.

Frente a esos planteos, el Gobierno defendió el paso de un sistema de compras descentralizadas —gestionadas por cada escuela mediante tarjetas o fondos propios, con proveedores de cercanía— a uno centralizado en un proveedor único para toda la provincia, con el argumento de unificar la calidad nutricional entre comedores, reforzar la trazabilidad de las compras y liberar a directivos de tareas administrativas. El propio director de Comedores Escolares, Lautaro Azzalini, reconoció públicamente que bajo el esquema anterior la incorporación de alimentos frescos se daba en menos del 10% de los casos, un dato que coincide con el diagnóstico de los profesionales de la nutrición sobre las falencias del sistema previo.
Un proyecto de resolución en la Cámara de Diputados

En paralelo, ingresó a la Cámara de Diputados de Entre Ríos el expediente N.º 29491, un proyecto de resolución de autoría de la diputada María Laura Stratta, con la coautoría de, entre otros legisladores, Enrique Tomás Cresto. La iniciativa expresa la preocupación de la Cámara por la implementación del Decreto N.º 852/2026 —que adjudicó el servicio a Teknofood S.A.— y requiere al Poder Ejecutivo la suspensión transitoria de su implementación hasta garantizar la efectiva participación de los organismos técnicos competentes en la revisión del diseño de los módulos alimentarios y de las condiciones de contratación. También solicita la conformación urgente de una mesa de diálogo intersectorial con el Colegio de Nutricionistas, el Consejo General de Educación, gremios docentes y cámaras de comercio, e insta al Ejecutivo a informar los fundamentos técnicos, económicos y administrativos que explican por qué el monto adjudicado superó ampliamente el presupuesto oficial.
Sistema centralizado versus sistema descentralizado
| Sistema descentralizado (anterior) | Sistema centralizado (Teknofood) | |
| Gestión de la compra | Cada escuela, con fondos o tarjetas propias | Estado provincial, proveedor único |
| Proveedores | Comercios y productores de cercanía | Teknofood S.A. (Grupo Phrónesis, con sede fuera de la provincia) |
| Tipo de alimentos | Frescos y de elaboración local, aunque con baja incorporación de frescos (según el Gobierno, menos del 10%) | Productos no perecederos, industrializados y fortificados |
| Argumento oficial | — | Trazabilidad, calidad uniforme, menos carga administrativa para directivos |
| Principal objeción | Disparidad de calidad entre escuelas | Presencia de sellos de advertencia y afectación a proveedores locales |


